Requisitos migratorios

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Doble Nacionalidad

Todo ciudadano(a) venezolano(a) que posea otra nacionalidad, puede hacer uso de la misma para salir del territorio nacional cumpliendo el procedimiento establecido por las autoridades del servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjeria (SAIME).

Documentos a ser presentados al momento del viaje
  • 1. Pasaporte válido y vigente.

  • 2. Cédula de identidad.

  • 3. Permiso de la coordinación de asuntos fronterizos Acuáticos y Aéreos, Dirección de Migración.


Documentos a ser presentados ante la oficina del SAIME para solicitar el permiso de salida del territorio nacional con pasaporte de otra nacionalidad
  • 1. Obligatorio pasaporte venezolano válido y vigente.

  • 2. Pasaporte de su segunda nacionalidad válido y vigente.

  • 3. Cédula de identidad.

  • 4. Acta de nacimiento (niño o niña menor de 9 años).

  • 5. Boleto aéreo electrónico.

  • 6. Autorización de viaje del niño(a) o adolecente, u otro documento que le permita su salida dependiendo del caso en particular y lo establecido por la legislación correspondiente.

Nacionalidad

Requisitos Migratorios

Venezolano
  • Pasaporte venezolano vigente o vencido.
  • Cédula de identidad.
  • Si el pasaporte se encuentra vencido debe emitir documento de viaje emitido por la misión diplomática o representación consular de la República Bolivariana de Venezuela en territorio extranjero.
Ciudadano venezolano con doble nacionalidad
  • Pasaporte de su segunda nacionalidad vigente.
  • Cédula de identidad.
  • Cuando su segunda nacionalidad sea algún país que NO se encuentre beneficiado con la supresión de visado consular en pasaporte ordinario, se le permite la entrada al territorio nacional si la exigencia del mencionado requisito, motivado que ninguna autoridad consular puede otorgar visa de turista a un connacional.
Extranjeros con categoría de migrante temporal
  • Pasaporte de su segunda nacionalidad vigente.
  • Visa de transeúnte vigente (en caso de estar vencida no puede ser mayor a 30 días).
  • Cédula de identidad para extranjeros, todo extranjero(a) con condición de migrante temporal transeúnte quienes hayan salido del país con visa vencida mediante la presentación de un acta de renovación (recuentro y prorroga) emitida por la oficina de extranjería SAIME, y cuya permanencia en el exterior sea superior a los 90 días deberán tramitar el visado correspondiente, si aplica, para su entrada en el territorio venezolano.
Extranjero con categoría de migrante permanente residente
  • Pasaporte de nacionalidad originaria vigente.
  • Visa de transeúnte vigente (en caso de estar vencida no puede ser mayor a 06 meses).
  • Cédula de identidad para extranjeros.
  • Todo extranjero(a) migrante permanente en Venezuela, que haya permanecido un tiempo mayor a 02 años fuera del territorio nacional y su visa de condición se encuentre vigente, se le permite la entrada al país, quedando a potestad de la dirección de extranjería el reconocimiento de su condición.
  • En caso de ser nacional de un país que NO goce del beneficio de supresión de visado para no migrante (turista) en pasaporte ordinario, debe tramitar la visa de reingreso ante la representación consular de Venezuela en su país de origen.
Extranjero con categoría de NO migrante (turistas)
  • Pasaporte válido y vigente por un período mínimo de 06 meses.
Documento de viaje aceptado en vuelos domésticos (Resolución emitida por SAIME 04 noviembre 2022)
  • Todo aquel venezolano que requiera viajar por vía aérea dentro del territorio nacional, debe presentar su cédula de identidad como principal documento de identificación personal, bien se encuentre vigente o vencida. No está permitido para viajes nacionales identificarse con pasaporte, copia de la cédula de identidad, constancia de extravío de documentos, denuncias, licencia de conducir o carnet institucionales. Dicha acción se encuentra estipulada en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Identificación.
  • Aquellos pasajeros venezolanos que ingresan al país en vuelos internacionales con pasaporte pero tienen vuelos nacionales en conexión con otras ciudades distintas a la de su arribo al país y que para el momento de su llegada no posean cédula de identidad, pueden llegar a su destino final y luego hacer los tramites correspondientes de emisión o renovación de la cédula de identidad.
  • En el caso de los extranjeros que presentan una condición de permanencia, los mismos deben presentar su cédula de identidad laminada (vigente o vencida). Si estos se encuentran en situación de turista, poseer su pasaporte vigente.